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En Soft Landing Agency queremos mantenerlo informado sobre las últimas noticias legislativas del Ecuador. A continuación presentamos los titulares:

3 de junio de 2024

El Fondo Monetario Internacional (FMI) llega a un nuevo acuerdo con Ecuador.

El Fondo Monetario Internacional (FMI) ha llegado a un acuerdo de préstamo con Ecuador, mismo que se firmó el pasado 31 de mayo de 2024, por un monto total de 4 mil millones de dólares. Como parte de este acuerdo, el Gobierno de Daniel Noboa se compromete a llevar a cabo una nueva reforma tributaria.

El gobierno de Ecuador tiene hasta mediados de noviembre de 2024 para presentar al FMI un plan detallado que incluya medidas para incrementar los ingresos fiscales. Esto abarca la eliminación de deducciones, exenciones, beneficios e incentivos tributarios que ascendieron a 5.151 millones de dólares en 2022, según el Servicio de Rentas Internas (SRI).

Con los cambios ya implementados en dos reformas tributarias anteriores, el FMI estima que el presupuesto del Estado verá un aumento en los ingresos equivalente al 1,8% del Producto Interno Bruto (PIB) en 2024, lo que equivale a 2.139 millones de dólares. Este acuerdo refleja el compromiso del gobierno ecuatoriano con políticas financieras sólidas y reformas estructurales para promover el crecimiento económico.

Fuente: Lexis 2024

5 de junio de 2024

Se publica el ranking preliminar de desempeño de empresas 2023

La Superintendencia de Compañías difundió el listado preliminar de las empresas ecuatorianas con mejor desempeño en el año 2023.

A continuación, presentamos el listado preliminar de empresas, (sin ningún orden específico):

  • Aurelian Ecuador
  • Corporación El Rosado
  • CONECEL
  • Primax
  • Petróleos y Servicios
  • Industrial Pesquera Santa Priscila
  • PRONACA
  • Difare

Fuente: Lexis 2024

11 de junio de 2024

Se expide el Reglamento para la Presentación, Negociación y Firma de Contratos Colectivos de Trabajo y Actas Transaccionales en el Sector Privado y Público.

El Ministerio de Trabajo ha emitido el Reglamento para la Presentación, Negociación y Firma de Contratos Colectivos de Trabajo y Actas Transaccionales en el Sector Privado y Público.

Este reglamento tiene como objetivo establecer un procedimiento único y general que deben seguir tanto las autoridades del Ministerio de Trabajo como las partes involucradas en la presentación, negociación y firma de los contratos colectivos de trabajo y actas transaccionales.

A continuación, presentamos los documentos necesarios para la solicitud de Proyectos de Contratos Colectivos en el Sector Privado, los mismos que deberán ser presentados ante el Inspector del Trabajo de su respectiva jurisdicción:

1. Solicitud dirigida al Inspector del Trabajo, suscrito por el Comité de Empresa o por los representantes legales de la asociación de trabajadores facultada para celebrar el Contrato Colectivo, en la cual se solicita al empleador la negociación del Contrato Colectivo o su revisión, para lo cual se indicará la dirección exacta del domicilio, lugar de trabajo y correo electrónico del empleador, así como del lugar y medio en el que deben ser notificados los solicitantes.

2. Dos ejemplares del proyecto de Contrato Colectivo o su revisión

3. Credencial o nombramiento de los dirigentes y registro de la directiva acreditados legalmente en esta cartera de Estado.

4. Copias simples de cédulas de identidad y certificados de votación de los dirigentes que suscriben la solicitud. Si comparecen con el patrocinio de un abogado, también deberán adjuntar copia de la credencial que lo acredite como tal.

5. Copia del Acta de Asamblea General de trabajadores en las que se aprobó el Proyecto de Contrato Colectivo o su revisión, certificada por el Secretario de Actas.

Una vez presentada la solicitud que incluya el proyecto de Contrato Colectivo o su revisión, el Inspector del Trabajo encargado notificará al empleador en un plazo de 48 horas. Se dispondrá que, transcurridos 15 días desde la notificación, comience el proceso de negociación de manera directa.

El reglamento es de aplicación obligatoria en el sector privado, así como en las instituciones, entidades y organismos del sector público, gobiernos autónomos descentralizados, empresas públicas y demás instituciones mencionadas en el artículo 225 de la Constitución de la República del Ecuador.

Fuente: Lexis 2024

11 de junio de 2024

Se expide el Reglamento de la Ley Orgánica de Gestión de Identidad y Datos Civiles.

El 11 de junio, mediante Decreto Ejecutivo 294, se expide el Reglamento de Ley Orgánica de Gestión de Identidad y Datos Civiles con el objeto de regular la aplicación de la Ley Orgánica de Gestión de Identidad y Datos Civiles, y garantizar el derecho a la identidad de las personas. Además este reglamento busca establecer normas para la gestión de la inscripción, registro y modificación de los hechos y actos relacionados con el estado civil de las personas y su identificación.

A continuación, presentamos las gestiones sobre Identidad y Datos Civiles presentadas en este Reglamento:

  • Inscripción y registro de nacimientos.
  • Modificación, ratificación de los nombres.
  • Registro de adopciones en Ecuador y en el extranjero.
  • Datos de la inscripción o registro de matrimonio.
  • Registro de la disolución del vínculo matrimonial.
  • La administración de la sociedad conyugal y administración ordinaria de la sociedad de bienes.
  • Disolución de la sociedad conyugal y la disolución de la sociedad de bienes.
  • Registro de Capitulaciones.
  • Registro de la Unión de Hecho.
  • Registro de la terminación de la unión de hecho.
  • Contenido del acta de defunción.
  • Registro de fallecimiento de ecuatorianos en el extranjero.
  • Registro de naturalización.
  • Servicio de cedulación.
  • Servicio de pasaporte.

El Reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Fuente: Lexis 2024

12 de junio de 2024

Se emiten las normas para la aplicación de sanciones por la falta de entrega y transmisión de comprobantes de venta por el SRI.

El 12 de junio, a través de la Resolución NAC-DGERCGC24-00000022, el Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció las sanciones económicas por no entregar y transmitir los comprobantes de venta.

Como lo establecido en la Resolución; es responsabilidad del sujeto pasivo emitir los comprobantes de venta y transmitirlos al momento de su emisión o dentro de un plazo máximo de 72 horas.

 A continuación, presentamos las sanciones correspondientes, según cada caso:

Características del contribuyente (a la fecha de comisión de la infracción)No entregar comprobantes de venta (RBU = US$460 para 2024)No transmitir al SRI los comprobantes de venta electrónicos (RBU = US$460 para 2024)
Gran contribuyente y grandes patrimonios20 RBU (US$9.200)30 RBU (US$13.800)
Contribuyente especial10 RBU (US$4.600)15 RBU (US$6.900)
Sociedades diferentes a sin fines de lucro, sucesiones indivisas y personas naturales, obligadas a llevar contabilidad7 RBU (US$3.220)10 RBU (US$4.600)
Sociedades sin fines de lucro4 RBU (US$1.840)5 RBU (US$2.300)
Sucesiones indivisas y personas naturales, no obligadas a llevar contabilidad4 RBU (US$1.840)5 RBU (US$2.300)
Contribuyentes considerados como negocios populares dentro del régimen RIMPE1 RBU (US$460)1 RBU (US$460)
Contribuyentes no inscritos en el RUC1 RBU (US$460)1 RBU (US$460)

Fuente: SRI 2024

13 de junio de 2024

La eliminación de las emisiones de carbono para el 2030, fue uno de los ejes centrales del G7 2024.

El 13 de junio, se llevó a cabo el G7 2024, en Italia. El grupo de los 7, conformado por Canadá, Francia, Alemania, Italia, Japón, Reino Unido y Estados Unidos acordaron mitigar las emisiones de carbono a nivel global para el año 2030 en un 58%, además de acabar con la contaminación de plástico para el año 2040.

Fuente: Lexis 2024

13 de junio de 2024

Disminución de la tarifa del ICE para armas de fuego, armas deportivas y municiones.

Mediante el Decreto Ejecutivo 302, el Presidente Daniel Noboa anunció la reducción del 30% de la tarifa del Impuesto a Consumos Especiales (ICE) respecto a armas de fuego, armas deportivas y municiones.

La modificación en la tarifa establecida por el Decreto entrará en vigor a partir del 1 de julio de 2023.

Fuente: Lexis 2024

18 de junio de 2024

El Presidente Daniel Noboa confirma la eliminación de los subsidios a la gasolina Extra y EcoPaís.

El 18 de junio el Gobierno de Daniel Noboa anunció durante una breve rueda de prensa que los precios de las gasolinas Extra y Ecopaís aumentarán en 0,26 USD por galón una vez se elimine el subsidio correspondiente, una medida prevista para finales de junio de 2024.

El ministro de Energía, Roberto Luque, informó que se han alcanzado acuerdos con los transportistas afectados por la eliminación del subsidio, incluyendo taxistas, tricimotos y camionetas. Se ha establecido una compensación económica para un total de 84,000 beneficiarios, calculada según el consumo mensual de combustible de cada sector presentado a continuación:

BeneficiarioSubsidio por mes (USD)Cantidad de Galones (gal)
Tricimotos$23.4090 gal
Camionetas y Transporte Mixto$37.70145 gal
Taxistas$40.56156 gal

Para poder acceder a ser beneficiario, los sujetos deberán registrarse antes del 24 de junio de 2024 a través de la página web del Ministerio de Transporte.  Una vez registrados, la transferencia monetaria directa se transferirá a finales de mes a las cuentas bancarias de los beneficiarios.

Cabe recalcar que la eliminación de los subsidios a la gasolina representará un ahorro de aproximadamente USD 500 millones anuales, según el Ministerio de Finanzas.

Fuente: Lexis 2024

19 de junio de 2024

Se designa como nuevo Ministro de Salud a Antonio Naranjo Paz y Miño.

A través del Decreto Ejecutivo 305, se nombró a Manuel Antonio Naranjo Paz y Miño como el nuevo Ministro de Salud Pública (MSP) tras la renuncia de Franklin Encalada la semana pasada. El anuncio oficial destacó la sólida formación académica y experiencia en el sector salud de Naranjo Paz y Miño, quien asume este importante rol para el país.

A continuación, compartimos parte de la trayectoria del nuevo Ministro de Salud, graduado como Doctor en Medicina y Cirugía por la Universidad Central del Ecuador, además de poseer un título de especialista de cuarto nivel en medicina interna otorgado por la Pontificia Universidad Católica de Chile, destacándose por su preparación académica en el ámbito médico.

Finalmente, el nuevo Ministro se ha desempeñado como Gerente general de Hospifuturo S.A. y Axxis Hospital de Especialidades en Quito.

Fuente: Lexis 2024

19 de julio de 2024

El Acuerdo de Asociación Comercial con Ecuador fue ratificado por Costa Rica.

El 19 de junio de 2024, el Presidente de Costa Rica, Rodrigo Chaves, ratificó el Acuerdo de Asociación Comercial con Ecuador. Este acuerdo, que cubre más del 90% de los productos, ha sido descrito por las autoridades como una gran oportunidad para los exportadores costarricenses. Al contar con la ratificación de Chaves el tratado entra en vigor, después de ser aprobado por la Asamblea Legislativa de Costa Rica el pasado 30 de mayo.

El acuerdo permite el libre comercio del 97% de los productos ecuatorianos y más del 90% de los productos costarricenses. Además, incluye áreas como inversión, derechos laborales, derechos humanos, género, medidas sanitarias y fitosanitarias, así como medioambientales. Según las autoridades de ambos países, el pacto ofrece nuevas oportunidades para sectores como manufactura, textil, electrodomésticos, acero y metalmecánica en Ecuador, y para Costa Rica, sectores como dispositivos médicos, medicamentos, manufactura y agricultura.

Fuente: Lexis 2024

20 de junio de 2024

Se promulga Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Movilidad Humana.

El 20 de junio de 2024 se promulgó la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Movilidad Humana a través del Registro Oficial Tercer Suplemento No. 582.

A continuación, presentamos las aristas reformadas más importantes de la Ley Orgánica de Movilidad Humana:

  • Derecho al envío y la recepción de remesas: Las personas ecuatorianas en el exterior y sus familiares tienen derecho a transferir sus ingresos y ahorros de origen lícito al territorio ecuatoriano para el sustento, emprendimiento, desarrollo familiar u otras actividades.

El Estado creará los mecanismos necesarios para facilitar el envío y recepción de remesa, así como los incentivos para el desarrollo de proyectos productivos.

  • Derecho de asistencia judicial y acceso a la justicia ecuatoriana: Las personas ecuatorianas en el exterior tienen derecho a que el Estado ecuatoriano, vele por el cumplimiento de las garantías del debido proceso en igualdad de condiciones que los nacionales del Estado receptor.

El Estado promoverá que los ecuatorianos y ecuatorianas residentes en el extranjero accedan a métodos alternativos de solución de solución de conflictos, para los cual, el Consejo de la Judicatura establecerá los mecanismos adecuados a fin de que los Centros de Mediación y Arbitraje puedan brindar este servicio en línea.

  • Derecho al envío de bienes: Las personas ecuatorianas en el exterior tienen derecho a que el Estado ecuatoriano garantice la exención de aranceles y el establecimiento de servicios especializados para el envío de paquetería que contenga bienes de uso para el número familiar radicado en el Ecuador, siempre que el peso sea igual o menor a los cuatro kilogramos por paquete y el valor FOB sea menor o igual a un salario básico unificado, sin límite en el número de envíos.

El Estado reconocerá este derecho en los envíos que realicen migrantes ecuatorianos residentes en el extranjero que se hayan registrado para el efecto en los consulados o representaciones diplomáticas ecuatorianas.

El Reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Fuente: Lexis 2024

26 de junio de 2024

Se expide el Reglamento Codificado para la Regulación de Precios de Derivados de Hidrocarburos.

El 26 de junio, el Presidente Daniel Noboa emitió el Decreto Ejecutivo No. 308, mediante el cual se promulgó el Reglamento Codificado para la Regulación de Precios de Derivados de Hidrocarburos, con el objetivo de crear e implementar un sistema de estabilización de precios para las gasolinas de bajo octanaje como lo son el Extra y Ecopaís, formalizando así los nuevos precios de estos combustibles.

Presentamos la siguiente tabla que indica la regulación para los combustibles:

Tipo de CombustiblePrecio (USD)
AVGAS2.200000
GASOLINA DE PESCA ARTESANAL SIN IVA0.1283438
GASOLINA DE PESCA ARTESANAL PRECIO TERMINAL SIN IVA0.713587
FUEL OIL SECTOR ELÉCTRICO PRECIO TERMINAL SIN IVA0.480000
DIÉSEL PRECIO TERMINAL SIN IVA1.434171
DIÉSEL CON MARGEN DE COMERCIALIZACIÓN SIN IVA0.128438
DIÉSEL SECTOR ELÉCTRICO PRECIO TERMINAL SIN IVA0.804200

En ese sentido, el Ministerio de Transporte aperturó un registro en su página web para los propietarios de taxis, camionetas y tricimotos, con el objetivo de identificar a los beneficiarios de la compensación que el Gobierno planea otorgar una vez que se liberen los precios de las gasolinas Extra y Eco país. Hasta el momento, se han identificado aproximadamente 84,000 personas que serán elegibles para recibir esta compensación.

El incremento se manejaría a través de una banda de precios, que sería un sistema de estabilización.

La eliminación del subsidio estatal entrará en vigencia a partir del 28 de junio de 2024, aumentando el precio del galón de estas gasolinas de USD 2,465 a USD 2,72.

Este incremento de USD 0,26 estará en vigor durante julio de 2024.

Fuente: Lexis 2024

27 de junio de 2024

Se promulga el Reglamento para aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.

El 27 de junio el Presidente Daniel Noboa, emitió el Decreto Ejecutivo No. 313, medio por el cual se emitieron las reformas para aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, el cual resalta las normas para la aplicación del Impuesto a la Renta para los Operadores de Pronósticos Deportivos.

Presentamos a continuación las aristas más importantes del Reglamento:

  1. Sobre la base imponible: Corresponde al total de los ingresos generados, incluyendo comisiones, siempre que se haya retenido la tarifa única del 15% de las ganancias.
  2. Sobre la declaración de impuestos: Se deberá declarar y pagar el impuesto mensualmente. Los operadores deportivos residentes en el país deberán presentar una declaración anual que consolide los valores declarados cada mes.
  3. Sobre los comprobantes de venta: Se deberán emitir comprobantes de venta a cada jugador, siendo un solo comprobante de venta por cada evento deportivo.

Finalmente, los operadores de pronósticos deportivos tendrán un plazo de 6 meses para implementar las medidas anteriormente mencionadas, teniendo en cuenta que el Reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Fuente: Lexis 2024

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