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En Soft Landing Agency queremos mantenerlo informado sobre las últimas noticias legislativas del Ecuador. A continuación presentamos los titulares:

02 de octubre de 2023

Los cambios en la devolución del IVA para contribuyentes de la tercera edad y contribuyentes con discapacidad o sus representantes legales, fueron anunciados por el Servicio de Rentas Internas (SRI).

Mediante la Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000028, emitida por el SRI el pasado 29 de noviembre se establecieron las modificaciones a la Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000059 la cual abarca las pautas para la devolución de IVA a contribuyentes clasificados como adultos mayores o de la tercera edad.

Esta resolución comprende las reformas a la Disposición General Décima Primera específicamente. En concreto, la reforma garantiza la correcta aplicación de la devolución automática del IVA en compras de bienes y servicios para uso personal, además de añadir la responsabilidad del emisor del comprobante electrónico en cuanto al monto sujeto a retención de IVA por parte de entidades financieras.

De igual manera, esta Resolución modifica la Disposición Transitoria Primera de la Resolución NAC-DGERCGC20-00000059, otorgando un plazo de cinco años a las emisoras de tarjetas de crédito o débito para implementar la devolución automática del IVA al momento de que el contribuyente realice sus transacciones con este medio de pago.

Finalmente, el 29 de septiembre de 2023, el SRI emitió también la Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000029, en la cual se introdujeron cambios a la Resolución No. NAC-DGERCGC22-00000045 que regula la devolución de IVA a contribuyentes con discapacidad o sus representantes legales. La reforma afecta la Disposición General Séptima, agregando la responsabilidad de la persona con discapacidad, su sustituto o representante legal, en asegurar la correcta aplicación de la devolución automática del IVA en compras de bienes y servicios para uso personal. También se incluye la responsabilidad del emisor del comprobante electrónico en el cálculo de la retención de IVA por parte de entidades financieras.

Además, se ajusta la redacción de la Disposición Transitoria Primera para asegurar coherencia con el resto de la Resolución.

Fuente: Registro Oficial 2023

2 de octubre de 2023

El Servicio de Rentas Internas (SRI) desestimó un total de 104 resoluciones que fueron emitidas y publicadas en el Registro Oficial durante el periodo comprendido entre 1997 y 2012.

El 29 de septiembre de 2023, a través de la Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000027, el SRI anuló un total de 104 resoluciones que habían sido publicadas en el Registro Oficial entre los años 1997 y 2012. La mayoría de estas resoluciones habían perdido su vigencia al haber cumplido su propósito inicial o al haber sido sustituidas por otras normativas.

Fuente: Registro Oficial 2023

3 de octubre de 2023

Decreto Ejecutivo 881: Implementación de Programa de Mejora de la Administración Tributaria y Aduanera como prioridad nacional

El 2 de octubre de 2023, se emitió el Decreto Ejecutivo No. 881, el cual establece como una prioridad de interés nacional la ejecución del Programa de Mejora de la Administración Tributaria y Aduanera.

La resolución No. SENAE-SENAE-2023-0086-R, con fecha del 29 de septiembre de 2023, otorgó al proyecto de «Repotenciación de la Administración Tributaria y Aduanera» el estatus de proyecto emblemático.

Conforme al Decreto Ejecutivo, la implementación de este Programa resultará clave y tiene como objetivo aumentar la eficiencia operativa del Servicio de Rentas Internas en materia de control tributario, así como mejorar la eficiencia operativa del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador en el ámbito del control aduanero y en la calidad de los servicios proporcionados a los Operadores de Comercio Exterior.

Fuente: Lexis 2023

7 de octubre de 2023

El proyecto de Decreto Ley Orgánica de Urgencia Económica para el Equilibrio, Organización y Transparencia de las Finanzas Públicas recibió un dictamen desfavorable.

El 6 de octubre de 2023, la Corte Constitucional del Ecuador emitió su resolución respecto a las Causas 6-23-UE y 7-23-UE, que se refieren a los decretos ley de urgencia económica.

Las resoluciones del Pleno de la Corte Constitucional fueron las siguientes:

  1. Sobre emitir un dictamen favorable a la Causa 7-23-EE, el Pleno resolvió:

Recomendar la aprobación de la prórroga por un período de treinta (30) días de la declaración de estado de excepción por grave alteración interna en todos los centros de detención que conforman el Sistema de Rehabilitación Social a nivel nacional, sin ninguna excepción, según lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 823 de fecha 24 de julio de 2023.

Así mismo, sobre la Causa 7-23-UE, el Pleno de la Corte Constitucional emitió un dictamen parcialmente favorable sobre la constitucionalidad del proyecto de Decreto Ley Orgánica de Urgencia Económica de Gestión de Riesgos y Desastres. El Pleno resolvió que el dictamen es parcialmente favorable, dado que algunas de las disposiciones del proyecto son incompatibles con el artículo 148 de la Constitución de la República.

  • Sobre la resolución a la Causa 6-23-UE el Pleno de la Corte Constitucional emitió un dictamen no favorable acerca del Proyecto de Decreto Ley Orgánica de Urgencia Económica para el Equilibrio, Organización y Transparencia de las Finanzas Públicas. El Pleno de la Corte Constitucional consideró que el Proyecto anteriormente mencionado no es conforme con el artículo 148 de la Constitución de la República.

Fuente: Lexis 2023

10 de octubre de 2023

Actualización en las Normativas de Retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA)

El 10 de octubre de 2023, se publicó en el Registro Oficial la Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000026 emitida por el Servicio de Rentas Internas (SRI). La resolución está enfocada en las modificaciones de las regulaciones relacionadas con las retenciones de IVA, que detallamos a continuación:

  1. Las instituciones del sector público, tanto del Gobierno Central como los gobiernos descentralizados, sus entidades subordinadas y empresas estatales, así como las universidades y escuelas politécnicas del país, serán responsables de retener el IVA en todos sus pagos, incluso si no han sido previamente designadas como agentes de retención o contribuyentes especiales por el Servicio de Rentas Internas. La tasa de retención será del 100%.
  2. Los contribuyentes bajo el régimen RIMPE (Régimen Impositivo para Microempresas y Pequeños Negocios) que realicen pagos a través de medios electrónicos como tarjetas de crédito, débito, transferencias u otros, no estarán sujetos a retenciones de IVA. Esta exención se aplica incluso cuando el pago sea procesado por entidades del sistema financiero nacional, emisoras de tarjetas de crédito o débito, intermediarios de pago o exportadores habituales de bienes y/o servicios.
  3. La retención completa (100%) del IVA por parte de exportadores habituales de bienes y/o servicios, que cuenten con la calificación de agentes de retención o contribuyentes especiales, se extiende a los pagos realizados a otros exportadores habituales, así como a exportadores de recursos naturales no renovables y a intermediarios de pago y/o plataformas de comercio en línea.

Fuente: Registro Oficial

11 de octubre de 2023

Se agregaron anexos a la Normativa Complementaria del Servicio Nacional de Contratación Pública

Mediante la RESOLUCIÓN No. R.E-SERCOP-2023-0137, el Servicio Nacional de Contratación Pública dio su aprobación y emitió los anexos 9 y 10 los cuales son de carácter técnico y metodológico para aplicarse a la normativa secundaria del Sistema Nacional de Contratación Pública.

Sobre el Anexo 9 acerca de la Reglas de Participación, se especifican las pautas para la participación de los oferentes. Las entidades contratantes deberán requerir y comprobar el estricto cumplimiento de las siguientes reglas de participación de los oferentes en los procesos de Cotización de obras, bienes y servicios, así como en las Licitaciones de obras, bienes y servicios:

  1. Experiencia técnica del oferente:

a) A través de una tercera persona natural, siempre y cuando ésta se encuentre

en relación de dependencia con la persona jurídica participante por un tiempo

que no sea menor al de doce (12) meses consecutivos a partir de la

presentación de la oferta.

b) En el caso que la persona jurídica posea un tiempo de constitución menor a

doce (12) meses, la experiencia podrá ser acreditada por sus accionistas,

representante legal o personal en relación de dependencia.

La persona jurídica podrá acreditar la experiencia del personal técnico solo

mientras éste personal se mantenga laborando en ella.

  • Tiempo de existencia legal de personas jurídicas:

Para procedimientos de contratación cuyo presupuesto referencial sea igual o inferior a USD$ 500.000,00 (Quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América con 00/100), no habrá tiempo de existencia legal mínima requerida. Para los procedimientos de contratación que sobrepasen el monto del presupuesto referencial antes mencionado el tiempo de existencia legal será mínimo de tres (3) años.

  • Presentar el patrimonio de personas jurídicas:

En el caso de personas jurídicas, la entidad contratante verificará que el patrimonio sea igual o superior a la relación con el presupuesto referencial del procedimiento de contratación. El patrimonio se podrá verificar a través de la declaración del impuesto a la renta del último ejercicio fiscal realizado ante el Servicio de Rentas Internas (SRI), o por el documento equivalente en el país de origen para aquellas ofertas extranjeras. Para revisar la tabla en función del tipo de contratación que vaya a realizarse, haga click  aquí.

Sobre el anexo 10, este tiene como objetivo presentar una Guía para el control del Valor Agregado Ecuatoriano (VAE) por parte de las entidades contratantes. El VAE, según la SERCOP “es el porcentaje que se obtiene de la relación entre el consumo intermedio de componente nacional respecto al valor de la producción a precios básicos de la Matriz Insumo – Producto.”

De esta manera se podrá definir el esquema mínimo de pasos que deben seguir las entidades contratantes para llevar a cabo la verificación de la Declaración de Producción Nacional de los oferentes en un proceso de contratación pública, en casos donde sea necesario comprobar esta condición.

Fuente: Lexis 2023

11 de octubre de 2023

Ecuador suscribe Acuerdo Comercial con Corea del Sur en Séul

Previa a la suscripción del Acuerdo Comercial entre Ecuador y Séul, el presidente Guillermo Lasso mantuvo una reunión con el primer mandatario surcoreano, Yoon Suk-Yeol, en Nueva York durante la Asamblea General de las Naciones Unidas. En este encuentro, se confirmó la próxima visita oficial del presidente a Seúl.

Resulta pertinente recordar que, en el año 2022, las ventas de Ecuador a Corea del Sur alcanzaron los USD 89 millones. El principal artículo exportado a este país fue el camarón, representando un 66% del total de exportaciones desde Ecuador hacia Corea del Sur. Por otro lado, las importaciones provenientes de Corea del Sur ascendieron a USD 416 millones en el mismo año. Los productos más adquiridos de este mercado fueron vehículos y sus componentes, seguidos de maquinaria y dispositivos mecánicos.

De acuerdo con el Ministerio de Producción, el tratado comercial con Corea del Sur posibilitará un aumento del 27% en las exportaciones no relacionadas con el petróleo para Ecuador, además de brindarle una mayor presencia en el mercado asiático.

Los productos no relacionados con el petróleo que se prevé sean exportados hacia el mercado de 51 millones de consumidores son los siguientes:

  • Cacao
  • Banano
  • Pesca
  • Lácteos y sus derivados
  • Pitahaya
  • Mango
  • Piña

Fuente: Primicias 2023

15 de octubre de 2023

Daniel Noboa, de 35 años se convierte en Presidente Electo de la República de Ecuador

Con apenas 2 años de carrera política, Daniel Noboa Azín de 35 años se convirtió en el Presidente más joven de Ecuador desde el regreso a la democracia.

El joven empresario anunció su candidatura apenas el mes de mayo de este año y mantuvo una carrera presidencial relativamente de bajo perfil. Sin embargo, el 20 de agosto en las Elecciones Presidenciales Anticipadas, el binomio de Daniel Noboa y Verónica Abad se posicionaban en segundo lugar con el 23,47% en comparación con Luisa González y Andrés Arauz por la Revolución Ciudadana que obtuvieron el 33. 61% del total de las actas escrutadas en primera vuelta electoral.

En cuanto a la consulta popular, relacionada con la conservación del Parque Nacional Yasuní, el CNE proclamó estos resultados:

  • El 58,95% de votos fueron a favor de mantener indefinidamente el crudo bajo tierra en el Yasuní-ITT.
  • Mientras que el No, el cual estuvo a favor de explotar el crudo del Bloque 43 obtuvo el 41,05% de los votos.

En la segunda vuelta, que se llevó a cabo el pasado 15 de octubre Daniel Noboa obtuvo el 51.1% mientras que Luisa González obtuvo el 47.9% de los votos.

Cabe recalcar que, a partir de la victoria de Daniel Noboa, el riesgo país de Ecuador retrocedió más de 100 puntos.

Fuente: Primicias 2023

18 de octubre de 2023

El Decreto Ley Orgánica de Urgencia Económica de Gestión de Riesgos y Desastres fue promulgado por la Presidencia, a partir de las observaciones del Pleno de la Corte Constitucional efectuadas el 6 de octubre.

El pasado 17 de octubre, el presidente Guillermo Lasso emitió el Decreto Ejecutivo No. 892, mediante el cual se promulga el Decreto Ley Orgánica de Urgencia Económica de Gestión de Riesgos y Desastres, según las observaciones parcialmente favorables y no favorables acerca de las Causas 6-23-UE y 7-23-UE del Decreto Ley.

El propósito del Decreto Ley es «minimizar el riesgo de desastres y dirigir la administración pública de manera efectiva cuando estos ocurran inevitablemente, con el fin de mitigar o limitar los impactos y las pérdidas, tanto en términos humanos como económicos».

El Decreto Ley se aplicará a todas las entidades presentes en el territorio nacional, abarcando tanto el ámbito público como privado, incluyendo personas y entidades legales, entre otros.

El Decreto Ley específica las medidas obligatorias que deben tomar los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs) a nivel cantonal y provincial, que incluyen:

  • Coordinación con varios niveles de gobierno
  • Planificación de planes de respuesta, escenarios de impacto, sistemas de alerta temprana, planes de evacuación, simulacros, capacitaciones, asistencia humanitaria, y más.

Además, aborda las violaciones serias, el no cumplimiento de las responsabilidades y funciones de las entidades públicas, así como su obligación de reparación y las sanciones correspondientes.

Esta regulación será efectiva a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Fuente: Lexis 2023

23 de octubre de 2023

Registro de exoneración del Impuesto Anual sobre la Propiedad de Vehículos Motorizados

La Resolución No. 30 del Servicio de Rentas Internas (SRI) estableció las normativas aplicables para el proceso de registro de la exoneración del Impuesto Anual sobre la Propiedad de Vehículos Motorizados (IPVM).

El procedimiento para pedir la exoneración total o parcial del Impuesto Anual sobre la Propiedad de Vehículos Motorizados se centra en base a la solicitud de los sujetos pasivos sobre el registro de la exención total o parcial de este impuesto utilizando los canales de atención que la Administración Tributaria disponga en la sección de requisitos para trámites del portal web institucional del Servicio de Rentas (SRI).

El Servicio de Rentas (SRI) evaluará las siguientes aristas:

  • El SRI verificará que el vehículo se encuentre registrado en la base de datos de la Administración Tributaria y que sobre el mismo no conste registrada otra exoneración de este impuesto por el mismo periodo.
  • Además, verificará el cumplimiento de las condiciones que sean aplicables, según el caso, a través de las bases de datos a las que tenga acceso.
  • Toda persona natural o jurídica que tenga derecho a la exoneración, total o parcial, del IPVM podrá presentar la solicitud al SRI. Para esto, deberá cumplir con los requisitos básicos que se encuentran detallados en la sección de requisitos para trámites del portal web institucional del SRI.

Fuente: Lexis 2023

31 de octubre

Anulación de la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2023-0019 que especificaba los documentos suplementarios requeridos por los representantes legales de las empresas constituidas en Ecuador.

Mediante la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2023-0022, emitida el 26 de octubre de 2023 y publicada en el Primer Suplemento del Registro Oficial No. 428 el 31 de octubre de 2023, la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros revocó la Resolución No. SCVS-INC-DNCDN-2023-0019 del 29 de agosto de 2023, que establecía los criterios sobre integridad y capacidad legal de personas naturales y jurídicas que actúan como representantes legales o administradores en compañías supervisadas por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.

Por lo tanto, los siguientes documentos ya NO serán requeridos para registrar nombramientos en el Registro Mercantil o la Superintendencia de Compañías, según corresponda:

  1. El certificado de no constar en la Base de Datos de Personas con Sentencia Condenatoria, emitido por la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE),
  2. La constancia de no encontrarse en las siguientes listas públicas internacionales:
  3. Office of Foreign Assets Control (OFAC)
  4. Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

La derogación se fundamenta en que la responsabilidad de desarrollar políticas y estrategias relacionadas con la prevención del lavado de activos y financiamiento de delitos, así como de solicitar información a los sujetos obligados, recae en la Unidad de Análisis Financiero (UAFE) y no en la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.Fuente: Lexis 2023

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