Newsletter Octubre

En Soft Landing Agency queremos mantenerlo informado sobre las últimas noticias legislativas del Ecuador. A continuación presentamos los titulares:

02 de septiembre de 2024
El Presidente Daniel Noboa designó a los nuevos Ministros de Turismo y Ambiente.


El presidente de la República, Daniel Noboa, presentó este 30 de agosto de 2024 a los nuevos
Ministros de Ambiente y Turismo. Mediante los Decretos Ejecutivos 379 y 380, Noboa designó
a la abogada Inés Manzano Díaz como Ministra de Ambiente, Agua y Transición Ecológica
(MAATE) y a Mateo Estrella Durán como Ministro de Turismo, quien previamente ocupaba el
cargo de asesor en dicho ministerio.
Estas modificaciones se deben a que Niels Olsen, exministro de Turismo desde mayo de 2021,
y Sade Fritschi, quien lideraba el Ministerio de Ambiente desde el inicio del mandato de
Noboa, renunciaron para postularse como candidatos a la Asamblea Nacional en las elecciones
presidenciales de 2025, representando al movimiento oficialista ADN.
Fuente: Lexis 2024

02 de septiembre de 2024
Ecuador inició una convocatoria internacional para proyectos de interconexión eléctrica con
Perú.

El 02 de septiembre, El Ministerio de Energía y Minas, junto con la Corporación Eléctrica del
Ecuador (CELEC), inció una licitación internacional para desarrollar proyectos clave de
interconexión eléctrica entre Ecuador y Perú a 500 kV.
Este proyecto, que tiene como objetivo fortalecer el servicio eléctrico en ambos países, abarca
cinco obras divididas en dos fases, con una inversión total de 264 millones de dólares. De este
valor, el 86% será financiado por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco
Europeo de Inversiones (BEI), quienes aportarán un 43% cada uno, mientras que el 14%
restante será cubierto con fondos propios de CELEC.
Las obras están previstas a iniciar en abril de 2025, que incluyen la construcción de la
Subestación Pasaje de 500/230 kV y la ampliación de la Subestación Chorrillos a 500 kV,
además de la provisión de materiales, montaje electromecánico, pruebas y puesta en marcha
del sistema de interconexión.
El ministro de Energía y Minas, Antonio Goncalves, resaltó la relevancia de este proyecto para
la integración regional de los mercados eléctricos con Perú, y mencionó futuras conexiones
con Chile y Bolivia. Además, destacó que esta interconexión permitirá a Ecuador aumentar la
resiliencia de su sistema eléctrico, facilitando tanto la exportación de excedentes energéticos
como la compra de energía en caso de déficit, incrementando así la flexibilidad del mercado
energético.
Fuente: Lexis 2024

02 de septiembre de 2024
El Presidente Daniel Noboa remitió una terna para la designación del Superintendente de
Bancos.

El 02 de septiembre el presidente Daniel Noboa expidió al Consejo de Participación Ciudadana
y Control Social (CPCCS) una nueva terna para ocupar el puesto de Superintendente de Bancos,
Valores y Seguros, órgano que supervisa y controla las entidades que integran los sectores
público y privado del sistema financiero.
La terna fue enviado el 2 de septiembre de 2024. Esta es la segunda vez que Noboa presenta
una terna para este puesto, luego de que el proceso anterior, en julio de este año, no tuviera
éxito, y 20 meses desde que Roberto Romero Von Buchwald fuera designado para el cargo
pero lo declinara asumirlo.
A continuación, presentamos a los candidatos propuestos por el Presidente Noboa:

  1. Gioconda Ernestina Cueva Ludeña, Ingeniera de Empresas por la Universidad
    Tecnológica Equinoccial.
  2. Antonieta Cabezas, quién es actual Superintendente de Bancos subrogante desde el
    15 de julio de 2022. Es doctora en Ciencias Contables y Magíster en Negociaciones
    Internacionales y Comercio Exterior.
  3. Carlos Julio Arosemena, Ex Gerente General del BIESS desde el 22 de septiembre de
    2022 hasta principios de febrero de 2023. Es ingeniero comercial y cuenta con un
    máster en Banca y Finanzas por la Universidad Santa María de Chile.
    Fuente: Lexis 2024

04 de septiembre de 2024
Se expide la Metodología de Optimización de Montos Máximos para la Aplicación de
Incentivos Tributarios en Contratos de Inversión.

El 04 de septiembre, el Comité Estratégico de Promoción y Atracción de Inversiones expidió la
Metodología de Optimización de Montos Máximos para la Aplicación de Incentivos Tributarios
en Contratos de Inversión.
Esta metodología tiene como finalidad mejorar la implementación de incentivos tributarios
para contratos de inversión y es de cumplimiento obligatorio para todas las nuevas solicitudes,
de acuerdo con el artículo 25 del Código Orgánico de la Producción, Comercio Exterior e
Inversiones y el Reglamento General de la Ley de Eficiencia Económica y Generación de
Empleo.
La metodología de optimización se aplicará también según lo establecido en el Acuerdo Nro.
028 del 17 de junio de 2024, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas. Las solicitudes
de contrato de inversión que se presenten ante esta entidad encargada de las inversiones,
serán evaluadas y calificadas según lo descrito en el Anexo 1 de ese Acuerdo, debiendo cumplir
con lo siguiente:

A. Generación de empleo directo por monto de inversión.
B. Tamaño de la empresa.
C. Sector en donde se ejecuta la inversión.

D. Inversión intensiva en tecnología limpia.
E. Sostenibilidad ambiental.
F. Obtención de sello violeta.

Fuente: Lexis 2024

09 de septiembre de 2024
Entidades que realicen pronósticos electorales serán regulados por el Consejo Nacional
Electoral.

El 09 de septiembre el Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó un nuevo reglamento para
regular la elaboración y difusión de pronósticos electorales. Esta normativa, que comenzó a
regir tras su publicación en el Registro Oficial, impone requisitos más rigurosos para las
personas naturales y jurídicas que deseen realizar este tipo de investigaciones durante los
procesos electorales.
A continuación, presentamos las aristas destacadas del Reglamento:
 Será de obligatorio cumplimiento inscribirse y registrarse ante el CNE hasta 30 días
antes de las elecciones.
 Tanto el tamaño de la muestra y el margen de error no podrá exceder el 3%.
 Los pronósticos electorales solo podrán ser publicados hasta 10 días antes de los
comicios y deberán contener información detallada sobre la metodología utilizada.
 Se deberá presentar un informe de trabajo al CNE el mismo día en que se publiquen
los resultados.
El reglamento también prevé sanciones para quienes no cumplan con las normas, incluyendo
la posibilidad de presentar denuncias ante el Tribunal Contencioso Electoral. El CNE se reserva
el derecho de tomar acciones legales en caso de infracciones, aunque aclara que el
cumplimiento de la normativa no garantiza que el organismo respalde la calidad de los
estudios realizados.
Fuente: Lexis 2024

10 de septiembre de 2024
Se expidió la “Guía Técnica Obligatoria para el Registro de los Apoderados Especiales de
Responsables, Conjuntos o No, y Encargados Extranjeros que realicen actividades de
Tratamiento de Datos Personales en la República del Ecuador”.

El 10 de septiembre, mediante la Resolución No. SPDP-SPDP-2024-0002-R, la Superintendencia
de Protección de Datos Personales (SPDP), expidió la “Guía Técnica Obligatoria para el Registro
de los Apoderados Especiales de Responsables, Conjuntos o No, y Encargados Extranjeros que
realicen actividades de Tratamiento de Datos Personales en la República del Ecuador”, ya
publicada en el Registro Oficial.

El objetivo principal de esta Guía que es de cumplimiento obligatorio para los responsables y
encargados extranjeros que, sin tener domicilio en Ecuador, traten datos de residentes
ecuatorianos.
A continuación, presentamos las aristas más importantes de la Guía Técnica Obligatoria:
 Los Sujetos Regulados están obligados a inscribir a su Representante en la SPDP,
presentando el poder correspondiente. Si dicho poder fue emitido en el extranjero,
deberá estar apostillado o certificado por un representante diplomático ecuatoriano.
Además, los poderes redactados en otro idioma deberán ser traducidos al español.
 Los Sujetos Regulados deberán actualizar el registro del Representante en caso de:

  1. Fallecimiento del Representante.
  2. Renuncia del Representante.
  3. Expiración del plazo del poder especial otorgado.
  4. Modificación en la denominación, absorción, escisión, transformación, disolución o
    liquidación de la persona jurídica designada como Apoderado.
     El Representante podrá ser una persona natural o jurídica con domicilio en Ecuador. En
    el caso de que sea una persona natural, debe ser ecuatoriana, y si es extranjera, debe
    contar con residencia en el país y tener derechos políticos. En el caso de ser una
    persona jurídica, su objeto social debe habilitarla para actuar como mandataria. La
    SPDP tiene la facultad de confirmar con la Superintendencia de Compañías que la
    entidad cumpla con sus obligaciones y que el nombramiento de su representante legal
    esté vigente.
     Los sujetos Regulados deberán especificar mediante un poder a los responsables
    extranjeros, detallando su nombre comercial y las marcas que los distingue en el
    mercado. Asimismo, los encargados extranjeros deberán identificar a los responsables
    para quienes manejan datos personales. Tanto responsables como encargados
    también están obligados a proporcionar las direcciones electrónicas, físicas y los
    números de teléfono de sus oficinas, así como de los Apoderados designados en
    Ecuador.
     La SPDP se encargará de verificar que el Representante cumpla con todos los
    requisitos establecidos en la Guía y evaluará si el poder es apropiado y suficiente. Si se
    aprueba, se realizará el registro y se informará al Sujeto Regulado. El registro de los
    Representantes, junto con su información de contacto, será publicado en el sitio web
    de la SPDP y en el de los Sujetos Regulados, con el fin de facilitar el ejercicio de los
    derechos de los titulares.
     En caso de que los Sujetos Regulados no cumplan con sus obligaciones, las personas
    naturales y jurídicas que, según las circunstancias, parezcan actuar en nombre de los
    Sujetos Regulados asumirán la responsabilidad administrativa. La Superintendencia
    tendrá la facultad de emitir y aplicar las medidas correctivas establecidas en la
    normativa.
    A continuación, presentamos los requisitos necesarios que los Sujetos Regulados deberán
    presentar ante la SPDP:
     El flujo de datos personales de cada tratamiento.
     Los códigos de autorregulación (en caso de que los tengan) mismos que deberán
    aprobarse por la Superintendencia.

 El acuerdo de corresponsabilidad o de encargo.
 Análisis de riesgos por cada actividad de tratamiento.
 Las medidas de seguridad implementadas para la comunicación y transferencia de
datos.
 El registro de actividades de tratamiento (RAT).
Los Sujetos Regulados que ejecuten actividades de tratamiento de datos, deberán presentar
estas obligaciones hasta el 06 de septiembre de forma presencial ante la SPDP, para registrar
de forma correcta a sus Representantes.
Fuente: Registro Oficial

10 de septiembre de 2024
Se estableció “La Mesa de Finanzas Sostenibles” en Ecuador.
El 09 de septiembre de 2024, los Ministerios de Ambiente, Agua y Transición Ecológica y
Economía y Finanzas, junto con la Secretaría Nacional de Planificación, firmaron el acuerdo
MEF-SNP-MAATE-2024-001 para crear la «Mesa de Finanzas Sostenibles». Este nuevo
organismo será responsable de gestionar y coordinar las acciones orientadas a fomentar y
fortalecer las finanzas sostenibles en Ecuador.
El acuerdo interinstitucional, será implementado en todo el territorio nacional y requerirá que
las entidades y organismos del sector público, incluidas las instituciones financieras públicas y
los ministerios, se alineen con las directrices de la Mesa de Finanzas Sostenibles.
A continuación, presentamos a quiénes conformarán esta Mesa de Finanzas Sostenibles:
 Un representante del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, delegado
por su máxima autoridad, quien fungirá como Secretario o Secretaria de la Mesa.
 Un representante del Ministerio de Economía y Finanzas, delegado por su máxima
autoridad, quien actuará como Presidente de la Mesa.
 Un representante de la Secretaría Nacional de Planificación, delegado por su máxima
autoridad.
Finalmente se admitirá la participación voluntaria de instituciones y organizaciones que
deseen impulsar las finanzas sostenibles y se comprometan con los objetivos de este
organismo, así como asesores del sector financiero, líderes sectoriales y asesores principales.
Fuente: Lexis 2024

10 de septiembre de 2024
Ecuador avanza en las negociaciones para exportar productos lácteos a China.
El ministro de Agricultura, Danilo Palacios, anunció el 10 de septiembre de 2024 que Ecuador
está cerca de iniciar la exportación de productos lácteos a China, país con el cual tiene un
acuerdo comercial vigente desde mayo.
Técnicos chinos visitaron Ecuador para evaluar las industrias lácteas, obteniendo una «muy
buena calificación», según el ministro. En los próximos 15 días se espera la llegada del

Viceministro de Aduanas de China para avanzar en la firma de acuerdos y establecer
conexiones con importadores.
Este acuerdo abriría nuevas oportunidades para productos como la leche, cuya producción
supera la demanda interna, y fomentaría el crecimiento de la agroindustria, especialmente en
el sector de leche en polvo.
Ecuador deberá cumplir con los protocolos fitosanitarios requeridos para la exportación de los
productos lácteos.
Fuente: Lexis 2024

11 de septiembre de 2024
Ante el déficit energético, el Ministerio de Energía y Minas dispuso de una iniciativa para que
el sector privado pueda generar energía.

El 11 de septiembre, el Ministerio de Energía presentó un plan para que empresas y personas
naturales participen en la generación de electricidad durante momentos de déficit o
racionamiento. El plan incluye el uso de motores con capacidad para generar más de 100
kilovatios por hora, que podrán suministrar energía entre 5 y 15 horas continuas.
El subsecretario de Generación, Byron Benalcázar, señaló que los pagos a los privados se harán
mediante compensación, no en efectivo. Los interesados deben registrar sus motores en las
empresas de distribución eléctrica, que instalarán medidores para controlar el consumo y la
energía aportada al Sistema Nacional Interconectado. Luego, el Estado emitirá una nota de
crédito para cubrir los costos operativos.
Por su parte, el viceministro de Electricidad, Rafael Quintero, anunció que desde el 8 de
septiembre de 2024, las empresas privadas pueden registrar sus equipos y empezar a generar
electricidad conforme a los horarios determinados por el Operador Nacional de Electricidad
CENACE.
Fuente: Lexis 2024

12 de septiembre de 2024
El Servicio de Rentas Internas expidió las exenciones fiscales a las que podrían acceder las
organizaciones sin fines de lucro.

El 12 de septiembre mediante la Resolución NAC-DGECCGC24-00000006 emitida por el
Servicio de Rentas Internas (SRI), se establecieron aristas importantes que las organizaciones
sin fines de lucro deberán cumplir para acceder a la exención del impuesto a la renta:
 Asegurar que al menos el 5% de sus ingresos anuales provengan de aportaciones o
donaciones.
 Los aportes en dinero, especies, voluntariados o cooperación no reembolsable,
también serán considera como aportaciones o donaciones.
 Los ingresos obtenidos por autogestión o actividades propias de la organización
también se consideran aportaciones, siempre que se destinen a sus fines específicos.

La resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

Fuente: Lexis 2024

12 de septiembre de 2024
Se expide Reglamento para la correcta utilización e implementación de salas de apoyo a la
lactancia materna en los lugares de trabajo del sector público y privado.

El 12 de septiembre, el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Salud Pública expidieron el
Acuerdo Interministerial Nro. MDT-MSP-2024-002, que establece las normas para la
implementación, adaptación y uso de las salas de apoyo a la lactancia materna en los lugares
de trabajo.
A continuación, presentamos las aristas más importantes del Reglamento:
 El Reglamento deja sin efecto los Acuerdos Ministeriales No. 00000183 del 11 de
marzo de 2011 y No. 003-2019 del 8 de abril de 2019, que establecían las normas para
la implementación y operación de las salas de apoyo a la lactancia materna en el
sector público y privado.
 Los empleadores están obligados a otorgar a las mujeres que, tras finalizar el período
de lactancia, opten por extenderla hasta que sus hijos/as cumplan 24 meses, un
permiso de 20 minutos cada 2 horas para la extracción de leche materna.
 Se comprende a la edad fértil de las mujeres entre los 15 y 49 años.
 Las salas permanentes de apoyo a la lactancia materna deben contar, como mínimo,
con: un baño cercano, una refrigeradora, un lavamanos, un espacio de al menos dos
metros cuadrados por usuaria, y realizar una limpieza periódica del lugar.
 Los empleadores con 50 o más trabajadoras en edad fértil o en periodo de lactancia,
que trabajen de manera presencial, están obligados a establecer una sala de apoyo a la
lactancia materna de forma permanente.
 Los empleadores están obligados a registrar la implementación, adaptación y uso de
las salas de apoyo a la lactancia materna en el Sistema Único del Trabajo.
 Los empleadores que no cumplan con lo establecido y cuenten con al menos una
mujer en periodo de lactancia, deberán habilitar salas temporales de apoyo a la
lactancia materna.
Fuente: Lexis 2024

12 de septiembre de 2024
El Consejo Nacional Electoral oficializó la convocatoria para las Elecciones Generales de 2025.
El Consejo Nacional Electoral (CNE) ha anunciado oficialmente las Elecciones Generales 2025
que se llevarán a cabo el 09 de febrero del próximo año. En estos comicios, los ciudadanos
ecuatorianos elegirán al binomio presidencial, a los 151 miembros de la Asamblea Nacional y a

cinco representantes del Parlamento Andino, quienes desempeñarán sus funciones durante el
período 2025-2029.
En caso de que ningún binomio presidencial obtenga la mayoría absoluta o al menos el 40% de
los votos válidos con una ventaja de más de 10 puntos porcentuales sobre el segundo lugar, se
convocará una segunda vuelta el 13 de abril de 2025.
Fuente: Lexis 2024

12 de septiembre de 2024
El Presidente Daniel Noboa anunció compensaciones de facturas eléctricas para usuarios.
El 12 de septiembre, mediante el Decreto Ejecutivo No. 384, el Presidente Daniel Noboa
ratificó la compensación de las facturas de los usuarios del servicio público de energía eléctrica
equivalente a 180 kW/h, para los meses de diciembre de 2024, y enero y febrero de 2025.
Cabe resaltar que cualquier consumo adicional por encima de los 180 kW/h será
responsabilidad del usuario.
Los sectores responsables de la ejecución del Decreto Ejecutivo No. 384 serán el Ministerio de
Energía y Minas así como de la Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos
Naturales no Renovables (ARCONEL), entre otras entidades responsables.
Fuente: Lexis 2024

18 de septiembre de 2024
El Servicio de Rentas Internas anunció los lineamientos para el reporte de beneficiarios
finales y composición societaria.

El 18 de septiembre el Servicio de Rentas Internas (SRI) emitió la Resolución No. NAC-
DGERCGC24-00000033, que establece las condiciones y excepciones para la presentación del
Reporte de Beneficiarios Finales. Esta normativa entrará en vigor el 30 de septiembre de 2024
y reemplaza a la Resolución NAC-DGERCGC16-00000536, publicada en el Suplemento del
Registro Oficial 919 el 10 de enero de 2017, junto con sus reformas. Con esta nueva resolución,
también se reemplaza el “Anexo de Accionistas, Partícipes, Socios, Miembros del directorio y
Administradores» (APS) por el «Reporte de Beneficiarios Finales y de Composición Societaria”
(REBEFICS) y el de «Administradores» (APS) por el «Reporte de Beneficiarios Finales y de
Composición Societaria» (REBEFICS).
A continuación, presentamos las entidades obligadas a presentar el Reporte de Beneficiarios
finales:
 Los fideicomisos a través del fiduciario, administrador, fideicomitente, constituyente,
constituyente adherente o beneficiario, según corresponda.
 Las sucursales de compañías extranjeras domiciliadas en Ecuador y los
establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no residentes.
 Las sociedades establecidas y constituidas en Ecuador.

Fuente: Lexis 2024

18 de septiembre de 2024
Se ratifica la Reforma al Reglamento del Sistema Nacional de Registros Públicos.
El 18 de septiembre de 2024, el presidente de Ecuador, Daniel Noboa, firmó el Decreto
Ejecutivo 398, el cual modifica el Reglamento de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Registro de Datos Públicos.
Entre las reformas introducidas, se destaca la modificación del artículo 14, que establece que
la Dirección Nacional de Registros Públicos implementará medidas para asegurar la
interoperabilidad entre las bases de datos del sistema. Esta interoperabilidad facilitará el
acceso a la información tanto para la ciudadanía como para las instituciones publicas, siempre
que quienes deseen acceso cumplan con la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y
sus regulaciones.
Además, se modifica el artículo 16, que establece la creación de una Ficha de Registro Único
del Ciudadano. Esta ficha reunirá datos de diferentes entidades registrales y estará disponible
a través de un portal informático que garantizará la protección de la información. El acceso a
los datos personales contenidos en esta ficha estará sujeto a la normativa vigente sobre
protección de datos personales y a las directrices emitidas por las autoridades competentes.
El decreto busca mejorar la gestión de la información pública y la transparencia en el acceso a
los registros.
Fuente: Lexis 2024

20 de septiembre de 2024
El Presidente Daniel Noboa sugiere reformar el financiamiento público a partidos políticos.
El 20 de septiembre, el Presidente Daniel Noboa presentó una propuesta para reformar
parcialmente la Constitución en vigencia desde el 2008, con el propósito de suprimir el
financiamiento público a partidos y movimientos políticos en Ecuador. Esta iniciativa pretende
modificar los artículos 110 y 115 de la Constitución, y que actualmente permite a los partidos
recibir asignaciones del Estado.
El objetivo de la reforma es prevenir el uso indebido de fondos públicos destinados a la
política, redirigiendo esos recursos hacia áreas como salud, educación o seguridad.
Fuente: Lexis 2024

30 de septiembre de 2024

Se emite la normativa que reforma el marco regulatorio de la generación distribuida para el
autoabastecimiento de consumidores regulados.

El 30 de septiembre la Agencia de Regulación y Control de Electricidad (ARCONEL) ha
publicado la Regulación 005/24, que establece las condiciones para la habilitación, instalación,
conexión, operación y mantenimiento de los Sistemas de Generación Distribuida para
Autoabastecimiento (SGDA) de consumidores regulados, así como las disposiciones
relacionadas con su medición y facturación. El objetivo principal de esta reforma es adaptar la
normativa secundaria a lo estipulado en la Ley de Competitividad Energética, promover la
participación del sector privado en la generación de energía eléctrica para autoconsumo, y
reducir la demanda en la red de energía eléctrica.
A continuación, presentamos los requisitos técnicos que deberán tener los SGDA´s de
consumidores regulados:

  1. Las distribuidores deberán permanecer dentro de la misma área de servicio donde se
    encuentran sus consumidores. En el caso de distribuidoras con múltiples unidades de
    negocio, el SGDA y los consumidores regulados deben estar geográficamente situados
    en la misma unidad de negocio.
  2. El sistema de distribución o las redes internas (tablero de distribución) del consumidor
    regulado, deberán estar en sincronización para su autoabastecimiento local. En modo
    remoto, deberá conectarse al sistema de distribución.
    Fuente: Lexis 2024

30 de septiembre de 2024
El 06 y 07 de noviembre se llevará a cabo la Segunda Edición del evento Ecuador Carbon
Forum.

El ECUADOR CARBON FORUM llega este 6 y 7 de noviembre y promete ser un encuentro
transformador. Este foro no solo abordará las últimas tendencias y avances en sostenibilidad,
sino que también se enfocará en cómo las empresas pueden alinearse con los Objetivos de
Desarrollo Sostenible (ODS) y cumplir con las normas ISO, asegurando un futuro más verde y
responsable.
Durante dos días intensivos, líderes del sector, expertos en medio ambiente y representantes
de diversas industrias compartirán sus conocimientos y experiencias sobre la reducción de la
huella de carbono y la implementación de prácticas sostenibles. Además, se explorarán
estrategias para integrar los ODS en las operaciones empresariales, garantizando que las
compañías no solo contribuyan a un planeta más saludable, sino que también mejoren su
competitividad y reputación en el mercado global.
No te pierdas la oportunidad de formar parte de este evento crucial para el futuro de nuestro
planeta. ¡Regístrate ahora y únete a la comunidad comprometida con la sostenibilidad y la
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