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La Ley Orgánica para Abordar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica fue publicada en el Registro Oficial
12 de marzo de 2024
La Ley Orgánica para Abordar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica que forma plan de estrategia de seguridad y reactivación económica del Presidente Daniel Noboa fue publicada el 12 de marzo de 2024 en el Registro Oficial.
A continuación, presentamos las aristas más importantes en materia de reforma tributaria:
- Se incrementa por el 5% la tasa del Impuesto a la Salida de Divisas. El Presidente Noboa tiene la facultad de ajustar dicha tasa, previa aprobación del organismo encargado de la gestión de las finanzas públicas. A partir de la publicación de esta Ley en el Registro Oficial, el Presidente de la República deberá emitir el Reglamento correspondiente en un plazo máximo de 30 días.
- Entra en vigencia la Contribución Temporal de Seguridad (CTS) que deben abonar todas las empresas que hayan obtenido utilidades en el ejercicio fiscal 2022. Esta contribución es del 3,35% que se calculará sobre las utilidades sujetas al Impuesto a la Renta del mencionado ejercicio. El pago a la CTS se realizará en los ejercicios fiscales 2024 y 2025. El Servicio de Rentas Internas (SRI) determinará los plazos para la presentación y pago mediante una resolución, los cuales no podrán extenderse más allá del 31 de marzo de 2024 y 2025. Los contribuyentes que no cumplan con la obligación de presentar la declaración y realizar el pago estarán sujetos a una multa equivalente al 3% de la cantidad adeudada por cada mes o fracción de demora.
- Aumenta la tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 12% al 13%. Por otra parte, el Presidente Noboa tiene la facultad de elevar la tasa hasta el 15% a través de un decreto, previa aprobación del organismo responsable de las finanzas públicas. Finalmente, la ley establece que la tasa del IVA será del 5% para las transacciones locales de materiales de construcción. El aumento del IVA entrará en vigor a partir del primero de abril.
- Entra en vigencia la contribución sobre las ganancias obtenidas en el período fiscal 2023 por parte de los bancos y cooperativas de ahorro y crédito. La tasa de esta contribución fluctúa entre el 5% y el 25%, en función de las ganancias sujetas al impuesto a la renta declaradas para el año 2023.
Fuente: Lexis 2024