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La Ley Orgánica para Abordar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica fue publicada en el Registro Oficial

12 de marzo de 2024

La Ley Orgánica para Abordar el Conflicto Armado Interno, la Crisis Social y Económica que forma plan de estrategia de seguridad y reactivación económica del Presidente Daniel Noboa fue publicada el 12 de marzo de 2024 en el Registro Oficial.

A continuación, presentamos las aristas más importantes en materia de reforma tributaria:

  1. Se incrementa por el 5% la tasa del Impuesto a la Salida de Divisas. El Presidente Noboa tiene la facultad de ajustar dicha tasa, previa aprobación del organismo encargado de la gestión de las finanzas públicas. A partir de la publicación de esta Ley en el Registro Oficial, el Presidente de la República deberá emitir el Reglamento correspondiente en un plazo máximo de 30 días.
  2. Entra en vigencia la Contribución Temporal de Seguridad (CTS) que deben abonar todas las empresas que hayan obtenido utilidades en el ejercicio fiscal 2022. Esta contribución es del 3,35% que se calculará sobre las utilidades sujetas al Impuesto a la Renta del mencionado ejercicio. El pago a la CTS se realizará en los ejercicios fiscales 2024 y 2025. El Servicio de Rentas Internas (SRI) determinará los plazos para la presentación y pago mediante una resolución, los cuales no podrán extenderse más allá del 31 de marzo de 2024 y 2025. Los contribuyentes que no cumplan con la obligación de presentar la declaración y realizar el pago estarán sujetos a una multa equivalente al 3% de la cantidad adeudada por cada mes o fracción de demora.
  3. Aumenta la tasa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 12% al 13%. Por otra parte, el Presidente Noboa tiene la facultad de elevar la tasa hasta el 15% a través de un decreto, previa aprobación del organismo responsable de las finanzas públicas. Finalmente, la ley establece que la tasa del IVA será del 5% para las transacciones locales de materiales de construcción. El aumento del IVA entrará en vigor a partir del primero de abril.
  4. Entra en vigencia la contribución sobre las ganancias obtenidas en el período fiscal 2023 por parte de los bancos y cooperativas de ahorro y crédito. La tasa de esta contribución fluctúa entre el 5% y el 25%, en función de las ganancias sujetas al impuesto a la renta declaradas para el año 2023.

Fuente: Lexis 2024

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