En Soft Landing Agency queremos mantenerlo informado sobre las últimas noticias legislativas del Ecuador. A continuación presentamos los titulares:


5 de noviembre de 2025

Reformas de la Superintendencia de Bancos a su normativa interna.

La Superintendencia de Bancos emitió la resolución SB-2025-02318, mediante la cual se introducen modificaciones a las reglas de gestión de riesgos aplicables a las entidades financieras. Las reformas actualizan las metodologías de evaluación y seguimiento del riesgo crediticio, operativo y de mercado; incorporan nuevas definiciones sobre instrumentos financieros complejos; y refuerzan los lineamientos de control interno exigidos a las instituciones supervisadas, que ahora deberán implementar sistemas de monitoreo preventivo, validar periódicamente sus modelos de medición de riesgos, mejorar los mecanismos de reporte interno y garantizar la trazabilidad de la información utilizada en la toma de decisiones.

Entre los nuevos lineamientos destacan:

  • La obligación de contar con funciones de riesgo independientes, con capacidad técnica para evaluar modelos cuantitativos y cualitativos.
  • El establecimiento de alertas tempranas obligatorias para riesgos crediticios y operativos, con seguimiento reforzado para exposiciones sensibles.
  • La revisión anual de los manuales de control interno, respaldada con evidencia documentada de pruebas de estrés y planes de continuidad del negocio.
  • Mayores requerimientos de transparencia, que obligan a reportar de manera más detallada las concentraciones de riesgo, las exposiciones fuera de balance y las operaciones con derivados.

Por otro lado, a través de la resolución SB-2025-02320, la Superintendencia ajustó las disposiciones contables relativas al cálculo de provisiones, el tratamiento de activos deteriorados y la consolidación de estados financieros, con el objetivo de armonizar los criterios nacionales con los estándares internacionales vigentes.

Ambas reformas entraron en vigor el 5 de noviembre de 2025, con su publicación en el Registro Oficial, y son de cumplimiento obligatorio para todas las entidades bajo supervisión de la Superintendencia de Bancos, las cuales deberán adecuar sus procesos y reportes dentro de los plazos establecidos por la autoridad.

Fuente: Registro Oficial, 2025

5 de noviembre de 2025

Normativa General sobre el Tratamiento de Datos Personales a Gran Escala.

Mediante la Resolución Nº SPDP-SPD-2025-00XX-R, la Superintendencia de Protección de Datos Personales expidió la normativa que regula los tratamientos de datos personales a gran escala, con el fin de establecer criterios uniformes para identificar, clasificar y controlar operaciones que impliquen riesgos elevados para los derechos de los titulares, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPDP).

Modelo Técnico de Gran Escala (MTGE) La norma crea un modelo obligatorio de evaluación compuesto por siete variables:

  • Número de titulares afectados
  • Volumen de datos tratados
  • Categorías de datos (incluidos sensibles)
  • Frecuencia del tratamiento
  • Duración del tratamiento
  • Alcance geográfico nacional
  • Alcance transfronterizo

Cada variable recibe un puntaje; si la sumatoria alcanza o supera los 6 puntos, el tratamiento se clasifica automáticamente como de gran escala y activas obligaciones reforzadas.

Obligaciones reforzadas para tratamientos clasificados como gran escala

  • Realización obligatoria de evaluación de impacto en protección de datos
  • Designación de delegado de protección de datos
  • Actualización permanente del registro de actividades de tratamiento
  • Auditorías internas o externas anuales
  • Elaboración y publicación de políticas de privacidad específicas y adaptadas

La Superintendencia queda facultada para emitir directrices sectoriales complementarias y para requerir en cualquier momento la documentación técnica que justifique la clasificación realizada y el cumplimiento de las medidas adoptadas.

La resolución entró en vigencia de forma inmediata desde su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Fuente: Resolución Nº SPDP-SPD-2025-00XX-R, 2025

6 de noviembre de 2025

Registro Oficial del día: Ministerio del Trabajo emite lineamientos para el pago de la décima tercera remuneración en 2025

Mediante el Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-164, el Ministerio del Trabajo estableció los lineamientos para el pago de la décima tercera remuneración o bono navideño correspondiente al año 2025, aplicable tanto a servidores públicos como a trabajadores del sector privado. Esta disposición fue publicada en el Registro Oficial Año I No. 158 del 6 de noviembre de 2025.

Normativa aplicable a la remuneración adicional El Acuerdo se enmarca en lo dispuesto por la Constitución de la República, el Código del Trabajo y la Ley Orgánica del Servicio Público. De acuerdo con la normativa vigente, la décima tercera remuneración equivale a la doceava parte de las remuneraciones percibidas por el trabajador entre el 1 de diciembre del año anterior y el 30 de noviembre del año en curso. Para el sector público, se establecen reglas específicas según el tipo de nombramiento o modalidad contractual del servidor.

Detalles del pago para el sector público y privado El acuerdo dispone que el pago deberá realizarse hasta el 20 de diciembre de 2025 en ambos sectores. Se confirma además que los trabajadores del sector privado que optaron por la acumulación anual recibirán el valor íntegro en esa fecha. En el caso del sector público, el Ministerio del Trabajo instruyó a las instituciones a efectuar la planificación y provisión presupuestaria correspondiente para garantizar el pago oportuno.

Ámbito de aplicación y obligaciones institucionales La normativa es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del sector público —incluidas empresas públicas, universidades y gobiernos autónomos descentralizados— así como para los empleadores del sector privado. Una vez ejecutado el pago, las instituciones públicas deberán remitir al Ministerio del Trabajo un informe de cumplimiento. El incumplimiento de este deber podrá ser sancionado conforme a la ley.

Fuente: Registro Oficial Año I No. 158 del 6 de noviembre de 2025

10 de noviembre de 2025

Ecuador proyecta USD 764 millones en nuevos créditos con China para 2026

La proforma presupuestaria 2026 del Gobierno de Daniel Noboa incluye la contratación de USD 764 millones en nuevos créditos con entidades financieras de China. De este monto, USD 420 millones provendrían del EximBank y USD 344,05 millones del China Development Bank. Estos recursos se incorporan como parte del financiamiento del Presupuesto General del Estado, conforme al artículo 292 de la Constitución y al marco del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.

Los préstamos están previstos para proyectos de inversión incluidos en la proforma y sirven como ingresos financieros para cubrir el déficit fiscal estimado. Hasta agosto de 2025, la deuda vigente de Ecuador con China ascendía a USD 2.215 millones.

El país ya ha mantenido históricamente una relación crediticia significativa con China: entre 2010 y 2016 el saldo llegó a USD 9.612 millones. El Gobierno también analiza un posible reperfilamiento de la deuda actual para obtener mejores condiciones. De concretarse, estos nuevos créditos se sumarían al esquema de financiamiento externo necesario para 2026.

Fuente: Primicias, 2025

11 de noviembre de 2025

UE y Ecuador inician negociaciones para un Acuerdo de Inversiones Sostenibles

El 10 de noviembre de 2025, la Comisión Europea y el Gobierno ecuatoriano dieron inicio al proceso para negociar un Acuerdo de Facilitación de Inversiones Sostenibles (SIFA). El objetivo es fortalecer el marco jurídico que impulse inversiones europeas en sectores vinculados al desarrollo sostenible.

El acuerdo busca generar un ambiente más transparente y eficiente para los inversionistas, reduciendo trámites, simplificando autorizaciones y promoviendo un diálogo fluido entre empresas y autoridades. Todo ello bajo altos estándares ambientales, laborales y de responsabilidad corporativa.

Las negociaciones priorizan sectores como energías renovables, digitalización, agricultura sostenible, transporte y logística. La UE destaca que el instrumento favorecerá prácticas empresariales alineadas con compromisos climáticos y sociales internacionales.

Ecuador se convierte en el primer país latinoamericano en iniciar negociaciones de un SIFA con la Unión Europea. A nivel interno, el proceso requerirá un pronunciamiento del COMEX, mientras que la Comisión Europea debe aprobar un mandato negociador. Las conversaciones podrían extenderse hasta 2026, dependiendo del avance técnico y político.

Fuente: Primicias, 2025

11 de noviembre de 2025

Ecuador y Suiza formalizan enmienda sobre asistencia humanitaria

El Registro Oficial del 11 de noviembre de 2025 publicó la certificación de la enmienda al acuerdo entre Ecuador y Suiza sobre la asistencia inmediata del Cuerpo Suizo de Ayuda Humanitaria en casos de catástrofes. La enmienda refuerza la cooperación bilateral en gestión de riesgos y atención de emergencias, regulando la asistencia rápida suiza ante desastres en territorio ecuatoriano. La certificación formaliza la incorporación del instrumento al ordenamiento jurídico del país y asegura su aplicación conforme al derecho internacional público.

Fuente: Registro Oficial, 2025

14 de noviembre de 2025

Ecuador y Estados Unidos anuncian nuevo marco para acuerdo comercial recíproco

El Gobierno de Ecuador y Estados Unidos anunciaron el 14 de noviembre de 2025 un nuevo marco bilateral para un acuerdo comercial recíproco que facilita el acceso de productos ecuatorianos al mercado estadounidense mediante la eliminación de aranceles y barreras no arancelarias. Gremios como Fedexpor y la Asociación de Exportadores de Banano del Ecuador (AEBE) lo calificaron como un avance decisivo para una relación comercial más estable y predecible.

Fortalecimiento de la cooperación comercial

El instrumento se basa en el Acuerdo de Comercio e Inversiones Ecuador-EE.UU. de 1990, actualizado en 2020, y servirá como plataforma para un acceso preferencial a mercados. Las negociaciones fueron lideradas por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca, en alineación con la Ley Orgánica de Comercio Exterior y la política de integración económica regional.

Compromisos arancelarios y regulatorios

El marco incluye la eliminación o reducción de aranceles en productos estratégicos. Ecuador eliminará barreras a importaciones estadounidenses como maquinaria, vehículos, equipos médicos y agrícolas, mientras EE.UU. lo hará con exportaciones ecuatorianas clave como cacao y banano. Adicionalmente, se abarca la facilitación comercial, remoción de barreras no arancelarias y cooperación en derechos laborales y ambientales, con énfasis en medidas contra la tala ilegal.

Impacto en exportaciones y plazos de implementación

El acuerdo impulsará las exportaciones no petroleras, que representan el 24% del total de exportaciones ecuatorianas y tienen a EE.UU. como principal destino, beneficiando especialmente al sector bananero afectado por una sobretasa del 15% vigente desde agosto de 2025. La formalización del listado de productos será clave para su entrada en vigencia, con implementación gradual que fortalece la competitividad bajo principios de reciprocidad y sostenibilidad.

Fuente: Primicias, 2025

17 de noviembre de 2025

EE. UU. elimina arancel del 15 % a más de 100 productos ecuatorianos

Eliminación de la sobretasa arancelaria:
Desde el 13 de noviembre de 2025 entró en vigencia la eliminación de la sobretasa del 15 % que Estados Unidos aplicaba a 105 productos ecuatorianos, principalmente agrícolas, según informó el Ministerio de Producción.

Contexto del acuerdo bilateral:
La medida se adopta en el marco de un acuerdo comercial mediante el cual Estados Unidos retiró barreras arancelarias para bienes ecuatorianos que no afectan a su industria, mientras Ecuador se comprometió a reducir aranceles sobre maquinaria, tecnología médica, vehículos y ciertos productos agrícolas estadounidenses, además de revisar barreras no arancelarias.

Productos beneficiados e impacto comercial:
Entre los productos exentos del arancel están café, cacao, banano, pitahaya, mango, piña, jugos, especias, tomate, palmito y plátano. En 2024, Ecuador exportó USD 7.024 millones a EE. UU., su principal socio comercial, por lo que la eliminación del arancel mejora la competitividad del sector exportador y abre paso a nuevas negociaciones hacia un acuerdo comercial más amplio.

Fuente: Primicias, 2025

17 de noviembre de 2025

Nuevo instructivo para el registro de proyectos inmobiliarios

Emisión y finalidad del instructivo

El Ministerio de Infraestructura y Transporte (MIT) expidió el Acuerdo Ministerial MIT-MIT-25-55-ACU, publicado el 17 de noviembre de 2025, que contiene el Instructivo para el Registro de Proyectos Inmobiliarios. La norma regula el procedimiento para inscribir proyectos y habilitar la devolución del IVA prevista en la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo y su reglamento.

Base legal y reemplazo normativo

El instructivo se emite en aplicación del artículo 21 de la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo y de la Ley de Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos, orientadas a simplificar procesos. Además, reemplaza los acuerdos previos del MIDUVI, tras la fusión institucional dispuesta por el Decreto Ejecutivo N.º 102 de 2025.

Procedimiento y requisitos de registro

Las personas solicitantes sean naturales, jurídicas o fideicomisos deben remitir su solicitud al correo institucional del MIT con documentación como declaración responsable, título habilitante municipal, cédula y RUC. La Subsecretaría de Vivienda revisará la información y emitirá el certificado de registro en un plazo de hasta siete días. El instructivo prevé la actualización o anulación de registros y permite desarrollar proyectos por etapas bajo un mismo código.

Ámbito de aplicación y disposiciones transitorias

La norma se aplica a nivel nacional y únicamente a proyectos con títulos habilitantes vigentes desde el 20 de diciembre de 2023. Los trámites ingresados anteriormente al Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda del Ecuador (MIDUVI) se resolverán conforme a la normativa bajo la cual fueron presentados. En seis meses el MIT deberá implementar un sistema automatizado de registro, y se derogan los acuerdos ministeriales anteriores del MIDUVI.

Fuente: Registro Oficial, 2025

18 de noviembre de 2025

Decreto Ejecutivo 213: Reglamento General a la Ley para el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional

Mediante el Decreto Ejecutivo 213, el presidente Daniel Noboa expidió el Reglamento General a la Ley de Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) y la Policía Nacional, el cual entró en vigencia el 18 de noviembre de 2025. Este instrumento normativo desarrolla el mecanismo que permite a los contribuyentes acceder a una rebaja del Impuesto a la Renta (IR) mediante donaciones directas a ambas instituciones de seguridad. Su finalidad es canalizar recursos privados para mejorar la capacidad operativa de las fuerzas del orden.

Incentivo tributario para reforzar la seguridad nacional

El Reglamento se emite tras la aprobación de la Ley en octubre de 2025, presentada como proyecto económico urgente. Su implementación se fundamenta en la necesidad de movilizar recursos adicionales para equipamiento, tecnología y operaciones en el marco del conflicto armado interno y la lucha contra el crimen organizado. El propósito central es fortalecer la infraestructura y operatividad de las FF.AA. y la Policía Nacional.

Creación de un Comité Coordinador y límites fiscales

El texto reglamentario dispone la conformación del Comité de Calificación y Certificación para el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas y la Policía, encargado de coordinar la recepción de donaciones y validar el acceso al beneficio tributario. El incentivo estará sujeto a un límite anual de gasto tributario que será definido por el ente rector de las finanzas públicas. Además, el Servicio de Rentas Internas (SRI) deberá emitir la normativa secundaria para su aplicación, en un plazo de treinta días.

Aplicación inmediata y reconocimiento a donaciones previas

El beneficio de la rebaja del Impuesto a la Renta regirá principalmente para el ejercicio fiscal 2025, desde el día siguiente a la publicación de la Ley en el Registro Oficial. El Reglamento también incorporó una disposición transitoria que reconoce las donaciones realizadas entre el 1 de enero de 2024 y el 24 de octubre de 2025, aplicando para estas la deducción prevista en el literal j del numeral 19 del artículo 10 de la Ley de Régimen Tributario Interno. Con ello, se garantiza que los aportes efectuados con anterioridad también reciban el tratamiento fiscal correspondiente, facilitando una inyección inmediata de recursos al sector de la seguridad.

Fuente: Decreto Ejecutivo 213

19 de noviembre de 2025

Deducción del impuesto a la renta por contratación de jóvenes y personas que han cumplido penas privativas de libertad

La Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo establece beneficios tributarios orientados a incentivar la contratación de jóvenes, personas que han cumplido penas privativas de libertad y personas con obligaciones alimenticias. La norma contempla seis mecanismos de deducción del impuesto a la renta aplicables a los gastos salariales con aporte al IESS, siempre que exista un aumento neto de trabajadores. La deducción es del 50 % por contratación de jóvenes entre 18 y 29 años, y del 75 % cuando se trate de jóvenes egresados de instituciones públicas. Ese mismo porcentaje aplica para personas que hayan cumplido penas privativas de libertad mayores a un año, incluyendo a sus parejas, mientras que la contratación de personas privadas de libertad sin sentencia ejecutoriada y de deudores de pensiones permite una deducción del 50 %. Para acceder a estos beneficios, las empresas deben estar al día en sus obligaciones ante el SRI, el IESS y el Ministerio de Trabajo. Según cifras del SRI a octubre de 2025, las deducciones por contratación de jóvenes alcanzaron USD 3,4 millones; aquellas correspondientes a jóvenes egresados de instituciones públicas sumaron USD 2 millones; mientras que las relacionadas con la contratación de personas que han cumplido penas privativas de libertad fueron significativamente menores, llegando a aproximadamente USD 10.000.

Fuente: Primicias, 2025

19 de noviembre de 2025

Ecuador no renunciará a corto plazo a sus reservas de combustibles fósiles, afirma ministra en la COP30

Ecuador no prevé renunciar en el corto plazo a la explotación de combustibles fósiles, según afirmó la ministra de Ambiente y Energía, Inés Manzano, durante la COP30 en Belém. Señaló que el país depende totalmente de estos recursos para sostener su sistema energético y fiscal. La declaración llega tras la reciente fusión institucional que creó el Ministerio de Ambiente y Energía, lo que consolida un enfoque que combina la política ambiental con la gestión de recursos hidrocarburíferos. Manzano indicó que imponer plazos para abandonar los hidrocarburos no es viable y que Ecuador aún no ha explotado sus reservas al nivel de otros países. Adelantó que esperan duplicar la producción de gas natural marino para enero de 2026, ya que la infraestructura energética nacional aún requiere generación firme basada en combustibles fósiles mientras se avanza hacia una mayor independencia energética. Aunque el país mantiene compromisos ambientales internacionales, la transición dependerá de la estabilidad fiscal. Por ello, la Ministra pidió mecanismos financieros más flexibles, como canjes de deuda por conservación, especialmente para proteger ecosistemas estratégicos.

Fuente: Primicias, 2025

21 de noviembre de 2025

SRI incorpora reglas para la exoneración del impuesto a la propiedad de vehículos eléctricos

El SRI reformó la Resolución NAC-DGERCGC23-00000030 mediante la Resolución NAC-DGERCGC25-00000038, publicada el 19 de noviembre de 2025, para incorporar reglas específicas aplicables a la exoneración del impuesto a la propiedad de vehículos eléctricos de uso particular, en el marco del beneficio previsto en la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Áreas Protegidas.

Nuevos requisitos para acceder a la exoneración


Los fabricantes e importadores deberán reportar al SRI, hasta el 30 de noviembre de cada año, las características de motorización de los vehículos eléctricos. Si esto no fuera posible, la autoridad de tránsito remitirá la información. Además, será necesario contar con un documento emitido por dicha autoridad que acredite que el vehículo tiene servicio particular. El beneficio se mantendrá solo mientras se cumplan las condiciones establecidas; como la ausencia de emisiones o el uso exclusivo de energía eléctrica, se retirará automáticamente el beneficio y se exigirá el pago proporcional del impuesto correspondiente.

Verificación y efectos de incumplimiento

La autoridad competente deberá validar la información recibida. Si un vehículo no cumple con los parámetros legales para considerarse eléctrico, la exoneración quedará sin efecto desde su inicio y se cobrarán los valores omitidos más intereses, sin necesidad de una resolución adicional.

Los vehículos 100 % eléctricos adquiridos antes del 14 de julio de 2025 tendrán una exoneración proporcional del impuesto conforme a reglas específicas basadas en la fecha de adquisición. Para los comprados a partir del 14 de julio, la exoneración será total desde ese mismo año.

Entrada en vigencia

La resolución rige desde su publicación en el Registro Oficial, fortaleciendo el tratamiento tributario para vehículos eléctricos de uso particular en el país.

Fuente: Primicias, 2025

24 de noviembre de 2025

Ministerio de Trabajo emite reforma norma para prevención del acoso laboral en el sector privado

El Ministerio de Trabajo del Ecuador emitió el Acuerdo Ministerial MDT-2025-186, mediante el cual reformó la Norma para la Prevención y Atención de Casos de Discriminación, Violencia y Acoso Laboral en el sector privado. Las modificaciones introducen obligaciones diferenciadas según el tamaño de la empresa y establecen nuevos plazos para la presentación de protocolos internos y programas de prevención de riesgos psicosociales.

El Ministerio de Trabajo ajusta la aplicación de la norma según el tamaño empresarial

El Acuerdo Ministerial MDT-2025-186 fue suscrito por el titular de la cartera de Estado, en ejercicio de sus facultades para regular las condiciones laborales en el sector privado. La reforma busca adecuar la exigibilidad de la normativa de prevención de acoso laboral tomando en cuenta la estructura y capacidad operativa de cada empleador. Con ello, se pretende fortalecer las medidas preventivas, garantizando proporcionalidad y viabilidad en su cumplimiento.

Se elimina la obligación para microempresas y se amplían los plazos de cumplimiento

Entre las principales modificaciones, se establece que las empresas con entre 1 y 9 trabajadores quedan exentas de la obligación de presentar el “Protocolo Interno de Prevención y Erradicación de la Discriminación, Violencia y Acoso Laboral”. Para las empresas con 10 o más trabajadores, el plazo para presentar tanto el protocolo interno como el Programa de Prevención de Riesgos Psicosociales se amplía hasta el 31 de julio de 2026. Asimismo, las empresas que ya presentaron estos documentos o que tienen trámites en curso no deberán realizar nuevas presentaciones.

Lineamientos de implementación y mecanismos de control

La reforma dispone un plazo de 60 días para que el Ministerio de Trabajo emita una guía técnica que facilite la aplicación de la norma reformada y habilite una plataforma digital para la acreditación del cumplimiento empresarial. Además, se determina que la Subsecretaría del Trabajo será la responsable de verificar, revisar y dar seguimiento a las obligaciones establecidas, conforme a los nuevos plazos. La reforma entró en vigencia el 21 de noviembre de 2025, fecha de publicación del acuerdo ministerial.

Fuente: Acuerdo Ministerial MDT-2025-186

24 de noviembre de 2025

Deducibilidad por pérdidas en baja de inventarios

La Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI) establece que, para determinar la base imponible del Impuesto a la Renta, son deducibles las pérdidas sufridas por el contribuyente durante el ejercicio económico.

El artículo 28 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno (RALRTI) señala que las pérdidas ocasionadas por destrucción, daños, desaparición, obsolescencia u otros eventos que afecten económicamente al contribuyente son deducibles, siempre que se cumpla el procedimiento previsto en la normativa vigente.

Para este efecto, el RALRTI exige que las pérdidas por bajas de inventarios estén respaldadas mediante una declaración juramentada otorgada ante notario o juez, suscrita por el representante legal, el bodeguero y el contador. Esta declaración debe detallar el destino de los bienes, ya sea su destrucción o su donación a entidades públicas o instituciones privadas sin fines de lucro legalmente reconocidas.

El procedimiento debe completarse antes del 31 de diciembre de cada año.


Fuente: Lexis, 2025

27 de noviembre de 2025

Gobierno anticipa que el salario básico subirá entre USD 10 y USD 20 en 2026

El Ministro de Trabajo, Harold Burbano, anunció que el aumento del salario básico unificado (SBU) para 2026 será entre USD 10 y USD 20. Actualmente, el SBU es de USD 470 y el Gobierno prevé un ajuste moderado basado en indicadores económicos como inflación y crecimiento del PIB. El monto final dependerá del consenso dentro del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios (CNTS).

El análisis del nuevo salario se desarrolla en el CNTS, que reúne a representantes del Estado, empleadores y trabajadores. La primera sesión se instaló el 24 de noviembre de 2025, dando paso a la presentación de propuestas. Mientras tanto, algunos gremios sindicales han sugerido incrementos mayores para aproximar el ingreso básico al costo de la canasta familiar.
Las siguientes reuniones del CNTS continuarán en diciembre de 2025. De no lograrse un acuerdo entre los sectores, el Ministerio del Trabajo está facultado para fijar el valor de manera unilateral antes del 20 de diciembre, garantizando así su entrada en vigencia a partir de enero de 2026.

Fuente: Primicias, 2025

28 de noviembre de 2025

Asamblea Nacional discute proyecto de ley orgánica de ciberseguridad en Ecuador

La Comisión de Seguridad Integral de la Asamblea Nacional analiza el proyecto de Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Ciberseguridad, que busca establecer un marco jurídico integral para proteger infraestructuras digitales y mejorar la respuesta ante incidentes informáticos. La iniciativa incluye reformas a seis normas: la Ley de Transformación Digital y Audiovisual, la Ley de Educación, la Ley de Comunicación, el COIP, la Ley de Tránsito y la Ley de Telecomunicaciones. El objetivo es incorporar criterios de ciberseguridad en sectores educativos, administrativos y sancionadores.

Nuevas competencias para el ente rector de telecomunicaciones

El proyecto asigna al ente rector de telecomunicaciones el rol de autoridad nacional en transformación digital y ciberseguridad. Entre sus facultades estarán definir políticas, coordinar respuestas ante incidentes y elaborar el Catálogo Nacional de Servicios Esenciales e Infraestructura Crítica Digital. Asimismo, entidades públicas y privadas deberán reportar incidentes de ciberseguridad en un plazo máximo de 72 horas.

Incorporación de educación digital y régimen sancionador

La propuesta incluye la introducción de contenidos de seguridad digital en la malla curricular, con temas como ciberacoso, privacidad, uso responsable de tecnologías y desinformación. Además, se crea un régimen sancionador para quienes incumplan las obligaciones establecidas: infracciones leves, graves y muy graves, con multas que pueden llegar hasta 1.000 salarios básicos, e incluso suspensión o revocatoria de autorizaciones.

Avance del proyecto en la Asamblea Nacional

La Comisión de Seguridad Integral prevé aprobar en los próximos días el informe para primer debate y enviarlo al Pleno de la Asamblea Nacional. El análisis, iniciado en octubre de 2025, ha incorporado observaciones de expertos en protección de datos y ciberseguridad, quienes han aportado criterios técnicos para fortalecer la propuesta.

Fuente: Primicias, 2025
















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